Recategorización Monotributo Julio 2020

Desde el 1 y hasta el 20 de este julio rige el plazo para cumplir con la obligación de recategorización de Monotributo.


El 20 de julio vence la recategorización semestaral del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Quienes tuvieron cambios en su facturación o en alguno de los parámetros, deberán recategorizarse en caso de corresponder.


Si bien la recategorización es semestral, el cálculo debe realizarse tomando los datos de los doce últimos meses, del 1 de julio de 2019 al 30 de junio de 2020.


Si en ese período de 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como, por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte.


Por el contrario, si no tuviste cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de tu actividad, no tenés que hacer ningún trámite y AFIP da por entendido que te corresponde seguir en la misma categoría

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